Un fallo en Tucumán obliga al Banco Nación a reemplazar el ajuste UVA por el CVS

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó que un crédito hipotecario deje de indexarse por UVA y pase al Coeficiente de Variación Salarial, con retroactividad a agosto de 2019. El caso beneficia a una pareja y sienta un antecedente relevante.

La resolución —firmada por los jueces Patricia Molteni, Fernando Poviña y Mario Leal— ratifica la sustitución del índice UVA por el CVS y ordena recalcular la deuda desde el primer congelamiento dispuesto por el Poder Ejecutivo en 2019. El Tribunal remarcó la tutela de la vivienda única familiar, la especial protección del consumidor financiero y el criterio de esfuerzo compartido ante la crisis. Los actores, identificados como M.M. y M.C.G. y patrocinados por Jaime Rodrigo Soler, litigan contra el Banco de la Nación Argentina.

El fallo consideró que la inflación posterior a la firma del préstamo (2017) tornó el contrato excesivamente oneroso e imprevisible para los deudores. En el expediente constan incrementos significativos: la cuota pasó de $27.718,59 a $101.286,85 en enero de 2023 y el saldo superó los $15 millones. La Cámara compartió el encuadre de “consumidores hipervulnerables” y desestimó la pretensión del banco de ceñir la discusión a la onerosidad del contrato.

En primera instancia (29/11/2024), el juez José Manuel Díaz Vélez ya había ordenado aplicar el CVS, pero desde la interposición de la demanda (3/2/2023). Ambas partes apelaron: el BNA cuestionó la fundamentación y los actores reclamaron daños. Ahora, la Cámara extendió el alcance temporal hasta agosto de 2019, rechazó los rubros indemnizatorios y dispuso que cualquier diferencia resultante se impute a las cuotas pendientes, con renovación del instrumento y adecuación registral en la ejecución de sentencia.

En consecuencia, se confirmó el reajuste por CVS más tasa compensatoria y se modificó el inicio del recálculo, fijándolo en 2019. El criterio, subrayó el Tribunal, preserva la finalidad del crédito —la adquisición de vivienda única— sin alterar la naturaleza del negocio, reemplazando un índice que replica la inflación por otro atado a la evolución salarial del deudor.